Caso práctico IAC11. Semana 10

La Ley Sinde-scargas

Esta es la denominación popular de una disposición de la Ley 2/2011 de 4 de marzo de Economía Sostenible: aprobada para regular las webs y la protección de la propiedad intelectual.

Se trata de una norma que esconde la intención de controlar internet. Intención nacida de los intereses de un sector claramente identificado. En la pole position de estos intereses, la industria de la cultura y el entretenimiento americana (como muy bien reflejan los cables publicados por Wikileaks de la embajada norteamericana en España) - Sindegate -, pionera y artífice del nacimiento de esta criatura, mal llamada Ley Sinde (ya que el mensajero no tiene toda la culpa). Y en segundo lugar, a modo de rémora de este “gran tiburón blanco”, aparece la industria cultural española; la cual engloba a las discográficas, las gestoras de los derechos de autor y las principales operadoras de telecomunicaciones... que apoyan, instan o presionan al poder legislativo para que apruebe tal medida; “la censura del s. XXI” eso si muy bien disfrazada y disimulada.

Haciéndome eco de las palabras de Mourinho; “¿Por que? No entiendo ¿por que? Muy fácil, en vistas que no se podía asegurar los derechos de autor por la vía judicial (ejemplo de ello son las múltiples sentencias), principalmente porque los tribunales daban la razón a los usuarios, priorizando el derecho fundamental de la privacidad o la libertad de expresión, frente a los derechos de autor. Por ese motivo, dentro de la Ley Sinde aparece la figura (muy controvertida) de la Comisión de Propiedad Intelectual como eje central de la maquinaria represora, dejando a los jueces en un segundo plano; es decir, que como los jueces no decidían lo que a la industria interesaba, pues se quitan de en medio, se crea una comisión ad hoc, designado por el Ministerio y se le concede todo el poder para cerrar aquellas webs que crean conveniente, eso si dejando que el juez legitime aquello que ha decidido la Comisión, al estilo “Juan Palomo, yo me lo guiso...”.

Lo que reafirma que los derechos de autor no los poseen los autores, sino la denominada industria cultural; el autor pasa a ser un mero becario de la producción cultural y de entretenimiento. Todo y que su presencia es necesaria, la industria consigue utilizarlo a su antojo (ya sea mediante estratagemas jurídicas o contractuales), transformándolo en una simple herramienta, un engranaje más de la maquina productiva, destinado a la creación de contenidos.

El posicionamiento de la “rémora española” para defender a la Ley Sinde se centra en que ésta surge para combatir el mal de las descargas ilegales, que vulneran los derechos de autor, los derechos de propiedad intelectual. En definitiva, es el arma para luchar contra la tan peligrosa “piratería”; que según datos de la IFPI la facturación en el mercado musical en el 2009 se redujo en un 17% mientras las descargas de internet subieron un 10%.

Un fenómeno curioso el de la “piratería”, ya que realmente a quien afecta es a la industria cultural y no al autor, a los intereses económicos y no a los culturales. Es más algunos autores, sacan provecho de la piratería, al menos desde el prisma publicitario, al dar a conocer su obra. Son muchos los grupos musicales nobeles que al ver que la mejor forma de darse a conocer es ofrecer sus trabajos, sus canciones de forma gratuita; ya que la única fuente de ingresos real son los conciertos en directo, ya que con los CD's el margen es ridículo; un ejemplo claro lo vemos en el grupo Manel. Tendencia generalizada, más aún cuando se descubre que la estructura presente en la industria cultural, más concretamente en las gestoras de los derechos de autor, es un estructura claramente piramidal; donde un porcentaje muy reducido de autores (el 1,75%) se reparten la mayor parte de los ingresos generados por los derechos de autor (el 75%).


El objetivo perseguido por tal herramienta jurídica; limitar las descargas y controlar internet, es un objetivo difícilmente realizable. Por las sentencias ya emitidas sobre la dicotomía: enlace vs vulneración de la propiedad intelectual, por las posibilidades de la red y de las nuevas aplicaciones, es como intentar poner puertas al campo. Más aun cuando hay iniciativas, coordinadas y en comunidad, como el grupo creado por Hacktivistas.net , junto a la editorial Traficantes de Sueños y el periódico Diagonal que han luchado contra esta medida opresora; ejemplo de ello es su última iniciativa; “el Manual de Desobediencia a la Ley Sinde” se trata de un texto que resume las posibilidades que la Red ofrece para "evitar la censura" y demostrar la "ineficacia" de la Ley antidescargas.

Lo que deja claro que el modelo seguido por la industria cultural está obsoleto, la industria como tal; las gestoras de derechos, están obsoletas; y solo les queda una renovarse o morir, y si continúan intentando que la montaña vaya a Mahoma, esto será la crónica de una muerte anunciada; “descanse en paz”.

http://cultura-abierta.blogspot.com/2011/04/semana-10-propiedad-intelectual-y.html

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